El monopolio de la fuerza en México: ¿sumisión o contubernio?
- Edgar Quiroz
- 5 mar
- 4 Min. de lectura
Corrupción, subordinación y dominio territorial: las claves para entender el poder que acumuló el CJNG.

En los últimos días hemos sido testigos de una ferviente ola de inseguridad provocada por diferentes grupos organizados y coordinados bajo las instrucciones del CJNG, como respuesta al deceso de su máximo dirigente, conocido como “El Mencho”. Esta situación, sin duda, es de incertidumbre, de miedo y de preocupación, tanto para quienes nos encontramos en la Ciudad de México como para quienes se encuentran en diferentes estados del país, como Jalisco, Tamaulipas o incluso el Estado de México, donde fuimos testigos de estos actos de violencia extrema.
En este sentido debemos hacernos varias preguntas, porque por más que intentemos ocultar o defender el poder institucional, nos ha quedado claro que este ha sido sobrepasado por el crimen organizado. ¿En qué momento el CJNG acumuló tanto poder? ¿Estamos frente a un dominio fáctico sostenido por la violencia o frente a un contexto producto de la corrupción estatal y federal? ¿Quién tiene realmente el monopolio del uso de la fuerza?
En los últimos días también hemos visto cómo, en diferentes medios de comunicación, se han difundido supuestos registros de nóminas mediante las cuales el crimen organizado habría financiado a distintos funcionarios públicos. Estos señalamientos, sin duda, parecen ofrecer una respuesta sencilla a uno de los principales cuestionamientos: el de la corrupción. Y es que parece difícil imaginar que el crimen organizado haya logrado tanto control sobre nuestro territorio sin la participación o complicidad de algunos actores de la vida política que, aparentemente, habrían facilitado ese crecimiento y la consolidación de su poder.
Evidentemente nos encontramos en un México en el que la corrupción institucional existe y en el que el dominio territorial ha sido cooptado, en distintas regiones, por grupos del crimen organizado. Nos enfrentamos a instituciones de seguridad debilitadas e ineficientes. Sin embargo, este control territorial no puede explicarse únicamente por actos de corrupción voluntaria.
Sabemos claramente que también existen escenarios de subordinación. En ellos, funcionarios públicos son violentados, amenazados e incluso capturados por estas organizaciones criminales, obligándolos a realizar acciones con las que pueden o no estar de acuerdo, pero que terminan ejecutando bajo coerción. Es decir, no siempre estamos frente a alianzas deliberadas con el crimen organizado; no siempre hablamos de contubernio. En muchos casos hablamos de dominio del territorio impuesto mediante la violencia.
Así encontramos distintos municipios en todo el territorio nacional operando bajo presión criminal constante. Funcionarios que reciben un pago que no necesariamente pidieron, pero que se ven obligados a aceptar para proteger su propia vida o la de sus familias, convirtiéndose en cómplices y víctimas al mismo tiempo.
Sin embargo, tampoco podemos ignorar la existencia de aquellos actores que, conscientes de que su participación les traerá beneficios económicos extraordinarios, deciden formar parte de estas redes de corrupción. En estos casos, no hablamos de subordinación, sino de participación deliberada. Incluso existen quienes buscan desde el inicio posiciones estratégicas dentro del servicio público para integrarse a este sistema corrupto a cambio de riqueza.
Así, el crimen organizado no solo logra controlar territorios mediante la violencia, sino también influir en la administración de distintas localidades, aprovechándose tanto de la corrupción como de la subordinación de quienes deberían estar encargados de proteger a la ciudadanía. Pero entender este fenómeno exige responder una pregunta fundamental.
¿Cómo tuvo tanto poder el CJNG?
Después de lo anterior, es momento de responder a nuestra pregunta central: ¿en qué momento el crimen organizado, específicamente el CJNG, logró acumular tanto poder? Para responder a esta cuestión tenemos que recurrir brevemente a la historia.
El CJNG surge aproximadamente en 2010, después de que el Cártel del Milenio se fragmentara. En menos de diez años se convirtió en una de las organizaciones criminales más poderosas del país. Incluso ha sido objeto de comentarios por parte de distintos analistas que señalan la precisión con la que logró expandirse, como si se tratara de una empresa transnacional. La organización llegó a tener presencia en más de veinte estados del país y extendió sus operaciones a distintos países, mostrando un impacto internacional significativo. Una de sus mayores demostraciones de fuerza ocurrió en 2015, cuando derribaron un helicóptero militar en Jalisco. Ese acto no solo evidenció su disputa por el control territorial, sino también la capacidad armamentista con la que contaban para enfrentar directamente al Estado.
El poder del CJNG no se ha construido únicamente a través de la compra de funcionarios, policías locales o políticos con atribuciones estatales. También se ha consolidado mediante el control de territorios en los que el Estado no ha tenido la capacidad suficiente para contrarrestar ese dominio.
Dentro de este contexto de violencia, en el que hemos tratado de responder una pregunta institucional —si estamos frente a corrupción o frente a subordinación— y en el que hemos intentado comprender la expansión del CJNG, es importante elevar la discusión a un plano constitucional. Puede parecer un análisis básico, pero en realidad es de enorme relevancia.
El artículo 21 de la Constitución establece con claridad que el monopolio del uso de la fuerza corresponde al Estado y a nadie más.[1] Es precisamente en este punto donde se evidencia la vulneración de nuestro propio marco normativo. Cuando uno o varios grupos del crimen organizado tienen la capacidad de controlar territorios, imponer actos de violencia, administrar las actividades de una localidad mediante el miedo y construir estructuras financieras a partir de actividades ilícitas, al mismo tiempo que condicionan la actuación de las autoridades locales, debemos reconocer que el monopolio del uso de la fuerza que corresponde al Estado se ha debilitado, o al menos se encuentra en disputa frente a otros centros de poder.
Es entonces cuando surge una reflexión inevitable. El problema no se reduce únicamente a identificar quiénes están en la nómina del crimen organizado. El problema es más profundo. En algunas regiones del país, el crimen organizado ha dejado de necesitar comprar al Estado porque ha aprendido, en los hechos, a sustituirlo.
EAQG
[1] El Artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que la investigación de los delitos es una función exclusiva del Ministerio Público y las policías, bajo su mando, y define la seguridad pública como un derecho de toda persona, garantizado por el Estado a través de la coordinación de los tres niveles de gobierno, incluyendo principios de actuación policial (legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos) y la creación de sistemas nacionales de información y políticas de prevención del delito.